Resumen | |
[J] | Delito de sustracción de menores (art. 225 bis).(publicado en Actualidad Diaria 4754 el 11 de abril de 2024) |
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Recurso de casación por interés casacional: doctrina del Pleno: viable, exclusivamente, por "error iuris". Sujeto activo del delito puede ser el progenitor custodio. Se plantea debate en torno a si el sujeto activo del delito de sustracción de menores puede serlo el progenitor con quien conviva el menor y no tiene la custodia en exclusiva, que así se considera, por cuanto que el acento no se debe poner en quien la tenga, sino en el derecho mismo de custodia, que lo puede ostentar tanto uno como otro progenitor, y el superior interés del menor, y éstos se ven afectados, si, en situaciones de crisis de pareja, en que la custodia la comparten los dos, pero conviviendo con uno, éste, por las vías de hecho, toma al niño, lo oculta y lo retiene para que pierda contacto con el otro. | |
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